Análisis de las Barreras que Enfrenta la Comunidad Trans para Acceder al Sistema Interamericano de Derechos Humanos

 
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John Cooper Aguilar [1]

Análisis de las Barreras que Enfrenta la Comunidad Trans para Acceder al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La lucha por los derechos de la comunidad trans continúa a pesar de todos los avances en derechos humanos que se han adoptado en Ecuador. Los casos de violencia de género en contra de la comunidad trans no han disminuido[2], y existen barreras que evitan que las personas trans accedan a la justicia. Estas barreras no solo afectan a las víctimas a nivel nacional, sino que, impiden el acceso a mecanismos internacionales como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos[3] (en adelante SIDH).

En cuanto a la protección de los derechos humanos, el SIDH juega un papel importante a través de sus dos órganos rectores: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH). Cada órgano tiene funciones específicas, la CIDH se encarga de recibir peticiones sobre violaciones de derechos humanos, dictar medidas cautelares y monitorear el cumplimiento; por otra parte, la Corte IDH tiene carácter jurisdiccional y se encarga de emitir sentencias vinculantes y opiniones consultivas[4].

La Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 44[5] establece que, ante una vulneración de derechos humanos, cometidos en uno de los Estados miembros, se deberá presentar el caso ante la CIDH. Este órgano emitirá un informe con recomendaciones para que el Estado involucrado las adopte. Estos procedimientos ofrecen a las personas un mecanismo internacional para poder tener acceso a la justicia, el cual se ha visto insuficiente o negado en el país de origen.

Formalmente, los mecanismos de protección de derechos humanos son ofrecidos de igual manera para todas las personas, empero, en la práctica, personas de grupos vulnerables van a experimentar distintas barreras para acceder al SIDH[6]. Estos obstáculos se deben, en la mayoría de los casos, a cuestiones relacionadas con discriminación, violencia de género, situación socio-económica entre otros. Dificultando, de esta manera, el cumplimiento de los requisitos para presentar su caso ante la CIDH.[7]

La comunidad trans es un claro ejemplo. A pesar de ser uno de los grupos vulnerables que más violencia de derechos humanos ha sufrido[8], son pocos los casos que han llegado ante la CIDH y la Corte IDH. Solo existen tres casos que han sido resueltos por la Corte IDH: Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú del 2020[9], Caso Vicky Hernández y otras vs. Honduras del 2021[10] y, Caso Leonela Zelaya y otra vs. Honduras del 2025[11]. Los tres casos versan sobre violaciones de derechos humanos cometidos en contra de mujeres trans. Violaciones que se realizaron motivadas por la transfobia y la discriminación en contra de la diversidad de género.

La CIDH, a través de su función de monitorear, ha establecido que la violencia de género en contra de la comunidad trans, con mayor incidencia en contra de las mujeres trans[12], está basada en prejuicios. Esto se evidencia en la crueldad de los actos que se cometen en contra de las víctimas, ya que, no solo buscan hacer daño, sino que también tienen como objetivo humillar y castigar[13]. Esta barrera cultural se evidencia, de igual manera, a nivel institucional, donde persisten los prejuicios y las víctimas son discriminadas por su identidad de género y, en muchos casos, revictimizadas y ridiculizadas[14].

En Ecuador, el impacto de la barrera cultural que enfrenta la comunidad trans se evidencia en las vivencias del colectivo trans Coccinelle[15]. La mayoría de las violaciones de derechos humanos fueron cometidas por agentes estatales como miembros de la policía, de las fuerzas armadas, hasta personal administrativo. Esto provocó que las víctimas no tuviesen un lugar al cual acudir para denunciar los delitos que se cometieron en su contra. Sus agresores eran miembros activos de la policía, quienes se encargaban de receptar las denuncias. Por este motivo, las víctimas no se presentaban a denunciar, por temor a las represalias. Y las veces que se acercaban a presentar la denuncia, eran discriminadas, revictimizadas e ignoradas por el personal administrativo.

La marginalización y los prejuicios sociales provocaron que las víctimas crearán una desconfianza en torno al sistema de justicia ecuatoriano, lo que dejó en impunidad todos los delitos cometidos en su contra. Empero, el sentimiento de poder acceder a la justicia permanecía dentro de las víctimas, lo que llevó a la reunión y reorganización del colectivo trans Coccinelle, pasando a llamarse “Nueva Coccinelle”. El primer acto del nuevo colectivo fue presentar una denuncia ante la Fiscalía General del Estado por el delito de lesa humanidad cometido en contra de las víctimas durante los años de 1980 y 2000.[16]

La denuncia fue admitida en 2019, y desde la fecha no ha habido avances dentro del proceso. Esto crea una barrera judicial que estanca la denuncia. El estado de la denuncia no permite que las víctimas utilicen otros mecanismos para acceder a la justicia, incluido el SIDH. Debido a que, uno de los requisitos para presentar la denuncia ante la CIDH es el agotamiento de los recursos internos.[17]

El requisito del agotamiento de los recursos internos consiste en que la víctima debe realizar todos los procedimientos legales para que su denuncia se resuelva dentro del ordenamiento nacional. Esto se debe a que, el SIDH funciona bajo el principio de subsidiariedad, interviniendo únicamente cuando los recursos normativos de un Estado miembro no funcionan correctamente o no tienen la capacidad de resolver un caso en específico. Garantizando y reconociendo la autonomía que tienen los Estados miembros.[18]

Este requisito tiene ciertas excepciones, las cuales las víctimas pueden alegar para presentar su denuncia ante la CIDH, a pesar de no haber agotado todos los recursos internos. Estas excepciones versan en la incapacidad del sistema normativo nacional en resolver el caso, ya sea por ausencia normativa o porque el sistema le ha negado a la víctima el acceso a los mecanismos necesarios. Estas excepciones buscan proteger a la víctima frente a problemas institucionales, y brindarles una solución ante la posible negativa del Estado.[19]

En el caso Coccinelle, al seguir la denuncia en estado de investigación, las víctimas no pueden alegar las excepciones al agotamiento de los recursos internos y presentar la denuncia ante la CIDH. Nuevamente, el sistema de justicia ecuatoriano les bloquea el acceso a la justicia, invisibilizando los actos crueles y violaciones de derechos humanos que se cometieron en contra de las víctimas.

Sin embargo, esto no les detiene en su lucha para que se haga justicia, ya que, en noviembre del año pasado se presentaron cinco peticiones ante la Defensoría del Pueblo[20], para que se incorporen a las víctimas en el Programa de Reparación por Vía Administrativa. Con esto se busca que algunas de las víctimas de violaciones de derechos humanos del colectivo trans Nueva Coccinelle puedan ser reparadas a través de la vía administrativa[21].

Uno de los fines de esta reparación administrativa es que las víctimas puedan tener acceso a una compensación económica, ya que, las víctimas no cuentan con una fuente de ingresos segura. La mayoría de la comunidad trans se encuentra con barreras económicas al no contar con un trabajo estable debido a su identidad de género. Esto conlleva la necesidad de realizar el trabajo sexual, lo cual les ofrece un estilo de vida precario[22]. Además, los procedimientos judiciales presentan un gasto fuerte para la víctima, por lo que, prefieren no iniciar el proceso.

Todas estas barreras representan dificultades para el acceso a la justicia de la comunidad trans. La presencia de estas barreras demuestra que los Estados no han realizado las acciones necesarias para combatir la raíz del problema. La violencia de género en contra de la comunidad trans persiste en la sociedad y se evidencia en los casos de violaciones de derechos humanos que se cometen en su contra. A pesar de disponer de mecanismos de protección de derechos humanos, es necesario que estos sean aplicados en la realidad y promover una sociedad que promueva los derechos humanos.


[1]Jhon Cooper Aguilar Manzano, abogado por la Universidad Central del Ecuador y candidato a máster en Derechos Humanos con mención en Sistemas Internacionales de Protección. Cuenta con formación en diversas áreas de Derechos Humanos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y con un diplomado en Inteligencia Artificial por la Universidad de las Américas.

[2]Según datos de la CIDH en su comunicado de prensa No. 238/25, al menos 159 personas trans fueron asesinadas en la región en 2025, 131 se identificaban como mujeres.

[3]El SIDH es el conjunto de normas, principios y organismos que tienen como objetivo común garantizar el ejercicio y protección de los derechos humanos a nivel regional en Latinoamérica. Su función en la promoción de los derechos humanos se ha desarrollado gracias a la ratificación de los diversos cuerpos normativos por parte de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos.

[4]Organización de los Estados Americanos, Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), adoptada el 22 de noviembre de 1969, https://www.oas.org/dil/esp/1969_Convenci%C3%B3n_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf

[5]Ibid.

[6]Comisión Interamericana de Derechos Humanos, El acceso a la justicia como garantía de los derechos económicos, sociales y culturales (Washington, D.C.: Organización de los Estados Americanos, 2007), https://www.cidh.oas.org/countryrep/accesodesc07sp/Accesodesci-ii.sp.htm

[7]Ibid.

[8]Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Personas trans y de género diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (Washington, D.C.: Organización de los Estados Americanos, 2020), https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/282.asp

[9]Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú. Supervisión de cumplimiento de sentencia. Resolución de 30 de abril de 2024, https://corteidh.or.cr/docs/supervisiones/azul_rojas_30_04_24.pdf

[10]Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Vicky Hernández y otras vs. Honduras. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de marzo de 2021. Serie C No. 422.

[11]Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Leonela Zelaya y otra vs. Honduras. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de octubre de 2025. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_568_esp.pdf

[12]Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “CIDH llama a los Estados a asegurar una respuesta efectiva ante la violencia contra personas trans”, Comunicado de prensa No. 238/25, 20 de noviembre de 2025, https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2025/238.asp

[13]Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “México: Autoridades federales y locales deben redoblar sus esfuerzos para prevenir y sancionar actos de violencia contra personas trans”, Comunicado de Prensa No. 197/24, 26 de septiembre de 2024, https://www.oas.org/es/cidh/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2024/197.asp

[14]Ibid.

[15]Fue el primer colectivo con reconocimiento jurídico encargado de luchar por los derechos de la comunidad LGBTIQ+ en el Ecuador, y jugaron un papel fundamental en la despenalización de la homosexualidad en Ecuador y en la lucha por los derechos de la comunidad LGBTIQ+.

[16]Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, “Colectivo Trans Coccinelle denuncia al Estado por el delito de lesa humanidad”, 17 de mayo de 2019, https://inredh.org/colectivo-trans-coccinelle-denuncia-al-estado-por-el-delito-de-lesa-humanidad/

[17]Convención Americana sobre Derechos Humanos, 1969.

[18]Ibid.

[19]Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Excepciones al agotamiento de los recursos internos (arts. 46.1, 46.2.a y 46.2.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), Revista IIDH, https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-instituto-interamericano-dh/article/view/34088

[20]Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, “INREDH presenta cinco solicitudes de reparación por vía administrativa en el caso Nueva Coccinelle”, 27 de noviembre de 2025, https://inredh.org/inredh-presenta-cinco-solicitudes-de-reparacion-en-el-caso-nueva-coccinelle/

[21]Hay que recalcar que las resoluciones de la Defensoría del Pueblo no tienen carácter vinculante, sin embargo, dejan un precedente para un futuro proceso judicial.

[22]Red Latinoamericana de Personas Trans (REDLACTRANS), Informe sobre la situación de los derechos económicos, sociales y culturales de la población trans en América Latina y el Caribe (Washington, D.C.: Organización de los Estados Americanos, s. f.), https://www.oas.org/en/sedi/dsi/docs/informe-desc-redlactrans.pdf

Bibliografía

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Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El acceso a la justicia como garantía de los derechos económicos, sociales y culturales. Washington, D.C.: Organización de los Estados Americanos, 2007. https://www.cidh.oas.org/countryrep/accesodesc07sp/Accesodesci-ii.sp.htm

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Personas trans y de género diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Washington, D.C.: Organización de los Estados Americanos, 2020. https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/282.asp

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú. Supervisión de cumplimiento de sentencia. Resolución de 30 de abril de 2024. https://corteidh.or.cr/docs/supervisiones/azul_rojas_30_04_24.pdf

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Vicky Hernández y otras vs. Honduras. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de marzo de 2021. Serie C No. 422. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_422_esp.pdf

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Leonela Zelaya y otra vs. Honduras. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de octubre de 2025. Serie C No. 568. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_568_esp.pdf

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “CIDH llama a los Estados a asegurar una respuesta efectiva ante la violencia contra personas trans.” Comunicado de prensa No. 238/25, 20 de noviembre de 2025. https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2025/238.asp

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “México: Autoridades federales y locales deben redoblar sus esfuerzos para prevenir y sancionar actos de violencia contra personas trans.” Comunicado de prensa No. 197/24, 26 de septiembre de 2024. https://www.oas.org/es/cidh/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2024/197.asp

Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos. “Colectivo Trans Coccinelle denuncia al Estado por el delito de lesa humanidad.” 17 de mayo de 2019. https://inredh.org/colectivo-trans-coccinelle-denuncia-al-estado-por-el-delito-delesa-humanidad/

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